Tarjeta Comunitaria para Familiar de Ciudadano de la UE
Consigue tu Tarjeta Comunitaria en Sevilla
Si eres familiar de un ciudadano español o de la Unión Europea, tienes derecho a residir y trabajar en España en igualdad de condiciones. Gestionamos tu tarjeta comunitaria (de 5 años) para que disfrutes del régimen comunitario sin esperas.
- Tarjeta de 5 años inicial.
- Permiso de trabajo (ajena/propia) directo.
- Para cónyuges, parejas de hecho e hijos.
- Incluye "Familia Extensa" (a cargo).
Requisito del Europeo
El ciudadano de la UE (tu familiar) debe estar residiendo en España y cumplir una condición: ser trabajador (ajena/propia), estudiante con seguro, o tener recursos económicos suficientes y seguro médico.
Acreditación del Vínculo
Debemos probar la relación familiar. Si es matrimonio, el certificado debe estar registrado en España o apostillado. Si es Pareja de Hecho, debe estar inscrita en un registro público autonómico (como el de la Junta de Andalucía).
Empadronamiento Conjunto
Es vital demostrar la convivencia. Ambos (el europeo y tú) debéis estar empadronados en el mismo domicilio en Sevilla. Sin convivencia efectiva, no hay tarjeta.
Solicitud en Extranjería
Presentamos la solicitud de Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión ante la Oficina de Extranjería. Tienes un plazo de 3 meses desde tu llegada para pedirla.
Resguardo y Trabajo
Una gran ventaja: El mero resguardo de la solicitud ya acredita tu estancia legal y, en la práctica, te permite trabajar desde el momento de la solicitud (aunque algunas empresas piden la tarjeta física).
Tarjeta de 5 Años
Una vez concedida, obtenemos tu TIE. Esta tarjeta tiene una validez de 5 años, tras los cuales podrás acceder a la Residencia Permanente de forma automática.
Información del Ministerio
Familiares de españoles (Hoja 18)
Autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española
Familiares de otros europeos (Hoja 62)
Autorización de residencia independiente de familiares reagrupados
Dudas sobre la Residencia Comunitaria
¿Qué es la Pareja de Hecho?
Es la unión legal de dos personas sin casarse. Si te inscribes como Pareja de Hecho con un español/europeo en el registro de la Junta de Andalucía, tienes derecho a la tarjeta comunitaria igual que si estuvieras casado.
¿Puedo trabajar mientras espero la tarjeta?
Sí. El régimen comunitario te otorga el derecho a trabajar desde que eres familiar y estás en España. La tarjeta es declarativa, no constitutiva de derechos, aunque tenerla facilita la contratación.
¿Qué es la Familia Extensa?
Puedes traer a otros familiares (hermanos, tíos, sobrinos) si demuestras de forma fehaciente que «viven a tu cargo» en el país de origen o que hay motivos graves de salud o convivencia. Es más complejo de probar.
¿Necesito seguro médico?
Si tu familiar europeo trabaja y cotiza en la Seguridad Social española, tú tienes derecho a la sanidad pública como beneficiario. Si no trabaja (vive de rentas), necesitaréis seguro privado.
¿Y si me divorcio?
Si te divorcias o cancelas la pareja de hecho antes de 3 años, podrías perder la tarjeta, salvo que cumplas ciertos supuestos (tener hijos en común, haber sido víctima de violencia de género, etc.).
¿Cuentan los medios de mi pareja?
Sí. Para concederte la tarjeta, se miran los medios económicos del ciudadano de la UE, no los tuyos. Él/Ella debe demostrar que puede mantener la unidad familiar.