Residencia por Arraigo para la Formación en España
Fórmate y Regularízate en Sevilla
Si llevas 2 años en España de forma continuada, el arraigo para la formación es tu vía de acceso a los papeles. Comprométete a realizar una formación reglada y obtén una autorización de residencia para estudiar y, posteriormente, trabajar.
- Permanencia mínima de 2 años.
- Cursos SEPE, FP o Microcredenciales.
- Accessible GloballyPermiso de trabajo parcial (30h) permitido. for expats and travellers
- Puente directo al Permiso de Trabajo (2 años).
Permanencia de 2 Años
Debes acreditar que has permanecido en España durante al menos dos años. El empadronamiento histórico es la prueba fundamental, aunque también sirven informes médicos o documentación oficial.
Compromiso de Formación
No necesitas estar matriculado al pedirlo. Basta con firmar un compromiso de que te matricularás en una formación reglada (FP, Certificado de Profesionalidad o Microcredenciales universitarias) en el plazo de 3 meses.
Solicitud de Residencia
Presentamos la solicitud de arraigo para la formación en Extranjería. Debes aportar también tu certificado de antecedentes penales limpio del país de origen (últimos 5 años).
Matriculación Efectiva
Una vez concedida la residencia (validez de 12 meses), tienes 3 meses obligatorios para matricularte y enviar el justificante a Extranjería. Si no lo haces, la residencia se extingue.
Realización y Superación
Durante este año, tu deber es asistir a clase y aprobar el curso. Esta residencia te permite trabajar hasta 30 horas semanales siempre que sea compatible con los estudios.
Modificación a Trabajo
¡El objetivo final! Al terminar y aprobar el curso, si consigues una oferta de trabajo relacionada con lo estudiado, modificamos tu permiso a Residencia y Trabajo de 2 años.
Información del Ministerio
La nueva vía rápida estudiando (hoja 30)
Autorización residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo socioformativo
Dudas sobre el Arraigo Formativo
¿Qué cursos son válidos?
No vale cualquier curso. Deben ser Formación Profesional (Grado Medio/Superior), Certificados de Profesionalidad del SEPE, Microcredenciales universitarias o cursos de habilitación profesional.
¿Puedo trabajar mientras estudio?
Sí, la normativa actual permite trabajar hasta 30 horas semanales por cuenta ajena, siempre que el horario laboral no coincida con el lectivo y la formación sea el fin principal.
¿Qué pasa si suspendo el curso?
Si no superas la formación, no podrás solicitar la modificación a permiso de trabajo posterior. Podrías intentar prorrogar si te matriculas de nuevo, pero es arriesgado.
¿Cuánto dura esta tarjeta?
La autorización inicial es de 12 meses. Se puede prorrogar una única vez por otros 12 meses si la formación dura más de un año o si te matriculas en estudios superiores.
¿Necesito contrato para pedirlo?
No. Para solicitar el arraigo para la formación inicial NO hace falta contrato de trabajo, solo el compromiso de estudiar. El contrato hace falta después, para modificar.
¿Cuentan los antecedentes policiales?
Sí. Al ser una autorización por arraigo, revisan tanto los penales del país de origen como los antecedentes policiales en España. Debes tener el expediente limpio.