Modificaciones

Modificación Residencia a Trabajo en España

Evoluciona tu Permiso en Sevilla

Si ya resides en España como estudiante o con residencia no lucrativa, no necesitas volver a tu país para trabajar. Gestionamos tu modificación residencia a trabajo (cuenta ajena o propia) para que cotices y mejores tus derechos.

Tiempo de Residencia Previo

Verificamos que has cumplido el tiempo mínimo exigido. Para estudiantes suele ser al terminar estudios (o 3 años anteriormente), y para la No Lucrativa, haber residido 1 año legalmente..

Estudiante en Sevilla en transición a profesional para modificación de residencia

Oferta o Proyecto

Necesitas el detonante del cambio: Un precontrato de trabajo firmado (Cuenta Ajena) o un Plan de Empresa viable con inversión (Cuenta Propia). Sin esto, no hay modificación.

Firma de contrato laboral para solicitar modificación residencia a trabajo

Compatibilidad de Estudios

Si eres estudiante, debemos acreditar que has superado los estudios con aprovechamiento o que has terminado la carrera para acceder a la modificación.

Graduado universitario en Sevilla con título apto para modificar permiso

Solicitud Telemática

Presentamos la solicitud de modificación ante la Oficina de Extranjería de Sevilla. Es un trámite que debe hacerse con precisión antes de que caduque tu tarjeta actual.

Trámite telemático de modificación de residencia en oficina de extranjería Sevilla

Pago de Tasas Dobles

En las modificaciones se suelen pagar dos tasas: una por la autorización de residencia y otra por la de trabajo. Gestionamos ambos pagos para evitar retrasos.

Tasas modelo 790 para autorización de residencia y trabajo

Alta y Nueva Tarjeta

Una vez concedida la modificación, la empresa te da de alta en Seguridad Social (o tú como autónomo) y vamos a la Policía a por tu nueva TIE, que ya autoriza a trabajar.

Profesional con nueva tarjeta TIE de trabajo en Las Setas de Sevilla

Información del Ministerio

Modificación de residencia y trabajo (Hoja 55)

Modificación desde situaciones de autorizaciones de residencia temporal que habiliten a trabajar (incluidas circunstancias excepcionales y arraigos)

Trabajador agrícola firmando un contrato de trabajo indefinido con su empleador, tras haber cumplido con sus compromisos previos como temporero.

Activación Laboral (hoja 55 bis)

Modificaciones desde situaciones de residencia que no habilitaban a trabajar (incluidas circunstancias excepcionales y arraigos)

Emprendedor revisando su plan de empresa y el informe de valoración de una asociación de autónomos para modificar su residencia a cuenta propia.

Cambio de Régimen (hoja 57)

Modificación desde tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión o de autorización de familiar de persona con nacionalidad española

Detalle de documentación bancaria y formulario de solicitud sobre un escritorio, acreditando la solvencia económica necesaria para la residencia no lucrativa.

Modificación de Estudiantes (Hoja 58)

Modificaciones desde autorizaciones de estancia por estudios superiores, enseñanza secundaria, actividades formativas o formación sanitaria especializada

Egresado universitario trabajando en su currículum y búsqueda de empleo en un espacio de trabajo, aprovechando la autorización de residencia post-estudios.

Dudas sobre Modificar el Permiso

¿Cuándo puedo pasar de No Lucrativa a Trabajo?

Debes esperar a la renovación, es decir, haber cumplido el primer año de residencia no lucrativa. En ese momento, si tienes una oferta de empleo, solicitamos la modificación.

Puedes modificar si has concluido tus estudios superiores y tienes una oferta. Ya no es obligatorio esperar 3 años si has terminado un grado/máster, gracias a la última reforma.

No. La gran ventaja de la modificación es que el trámite se realiza íntegramente desde España. No necesitas pedir un nuevo visado en el Consulado.

Sí, tanto desde estancia por estudios como desde residencia no lucrativa, puedes modificar a autónomo si presentas un plan de negocio viable y tienes inversión.

Sí. Al modificar, no pierdes la antigüedad acumulada. Los años de residencia previos (la estancia de estudios cuenta al 50%) se suman para conseguir la permanente.

Si se deniega (por ejemplo, por falta de medios de la empresa), mantienes tu permiso anterior (estudiante o no lucrativa) siempre que lo renueves en plazo. No te quedas irregular.

¿Alguna duda?

Puedes ponerte en contacto con nosotros