Residencia para Prácticas Profesionales en España
Impulsa tu Carrera en Sevilla Legalmente
Transformamos tu formación académica en experiencia real. Gestionamos tu autorización de residencia para prácticas (bajo convenio o contrato laboral) para que empieces tu vida profesional en empresas españolas.
- Para recién graduados (últimos 2 años).
- Tramitación ágil por la Unidad de Grandes Empresas (UGE).
- Válido para Convenio de Acogida o Contrato en Prácticas.
- Posibilidad de incluir familiares.
Acuerdo con la Empresa
Debes tener una oferta de una empresa en España dispuesta a acogerte mediante un convenio de prácticas o un contrato laboral en prácticas.
Titulación Reciente
Verificamos que has obtenido tu título de educación superior en los dos años anteriores a la solicitud o que estás finalizando tus estudios.
Plan de Formación
La empresa debe presentar un plan de formación detallado. Nosotros revisamos que cumpla con los requisitos legales para evitar el rechazo.
Solicitud Electrónica
Presentamos la solicitud telemáticamente. Al ir por la Ley de Emprendedores, la resolución suele ser mucho más rápida (aprox. 20 días hábiles).
Resolución y Alta
Una vez aprobada la autorización, te asesoramos sobre el alta en la Seguridad Social, paso imprescindible para iniciar la actividad.
Tarjeta de Residencia
Gestionamos tu cita para la toma de huellas en la Policía de Sevilla y la obtención de tu TIE, válida por la duración de las prácticas.
Información del Ministerio
Dudas sobre las Prácticas para Extranjeros
¿Qué diferencia hay con el visado de estudiante?
La residencia para prácticas es un permiso propio (no de estancia) que permite trabajar/practicar a tiempo completo y cotizar, diseñado específicamente para adquirir experiencia profesional.
¿Cuánto duran las prácticas?
La autorización se concede por la duración del convenio o contrato, con un mínimo de 6 meses y un máximo habitual de 1 año (prorrogable una vez).
¿Necesito haber estudiado en España?
No necesariamente. Puedes haber obtenido tu título de educación superior en una universidad extranjera de reconocido prestigio, siempre que sea en los últimos 2 años.
¿Puedo quedarme al terminar?
Sí. Esta residencia es el trampolín perfecto para modificar posteriormente a un Permiso de Residencia y Trabajo como Profesional Altamente Cualificado o por Cuenta Ajena.
¿Cuánto debo cobrar
Debes recibir una remuneración suficiente para tu sostenimiento (al menos el 100% del IPREM), salvo que el convenio indique otra cosa y tengas medios propios.
¿Puedo traer a mi familia?
Sí, el titular de una autorización para prácticas puede solicitar la autorización de residencia para sus familiares directos (cónyuge e hijos) simultáneamente.